Los ingresos recibidos por cualquier concepto señalando el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos, así como su destino, indicando el destino de cada uno de ellos;


La Secretaría de la Contraloría no recibe ingresos, de conformidad con lo estipulado en el Art. 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Campeche. Es competencia de la Secretaría de Administración y Finanzas de conformidad con el artículo 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Campeche.